Inscripción en el Registro transitorio CBAM

Sostenibilidad
ESCRITO POR Ana Rodríguez i Quirant
07 Mar, 2024 — 3 min
Inscripción en el Registro transitorio CBAM

A medida que la Unión Europea (UE) intensifica sus esfuerzos climáticos, surge la preocupación por la fuga de carbono, un fenómeno en que las empresas trasladan la producción intensiva en carbono fuera de la UE para evadir políticas climáticas estrictas. En respuesta, la UE ha implementado el Mecanismo de Ajuste en Frontera por el Carbono (CBAM), una herramienta diseñada para poner un justo precio al carbono y fomentar prácticas más limpias a escala mundial.

Registro MITERD

Las empresas tienen que cumplir con el Registro MITERD para participar en el CBAM. Este proceso asegura que se haya pagado un precio por las emisiones implícitas específicas de las mercancías importadas durante su producción, garantizando así la equivalencia de precios del carbono entre la UE y las importaciones. 

Para cumplir con las obligaciones durante el periodo transitorio del Mecanismo de Ajuste de Frontera por el Carbono (CBAM), es esencial seguir una serie de pasos para la inscripción al Registro Transitorio CBAM. A continuación, se presenta una guía paso a paso para ayudar los operadores en este proceso:

  1. Acceder al Portal CBAM (TAXUD):

    • Iniciad sessión en el Portal CBAM utilizando vuestro certificado electrónico o cualquier medio de indentificación reconocido por la Adminsitración española.
  2. Seleccionar "Dominio Aduanas":

    • En el proceso de solicitud, es crucial indicar claramente el "dominio Aduanas" en lugar del "dominio CBAM" para asegurar una correcta inscripción en el Registro Transitorio CBAM.
  3. Solicitar Acceso e Inscripción:

    • Rellenad el formulario de solicitud con la información requerida, asegurando de proporcionar detalles precisos sobre vuestra empresa y contacto.
  4. Usar Certificado Electrónico o Medio de Identificación:

    • Garantizar el uso correcto del certificado electrónico u otros medios de identificación reconocidos para la solicitud de acceso e inscripción..
  5. Confirmación de Inscripción:

    • Una vez procesada la solicitud, recibiréis una confirmación de la inscripción al Registro Transitorio CBAM. Esta confirmación puede incluir información sobre vuestros accesos y funcionalidades disponibles en el portal.
  6. Comunicación Eficiente:

    • Aprovechad las funcionalidades del Registro Transitorio CBAM para comunicaros de manera eficiente con la Comisión, las autoridades competentes y las autoridades aduaneras de los Estados miembros.

Es esencial que los operadores se mantengan actualizados sobre los requisitos y las indicaciones específicas proporcionadas por la Comisión durante este proceso de inscripción. En caso de dudas o dificultades, se recomienda consultar las fuentes oficiales y buscar asistencia para garantizar una inscripción correcta y cumplir con las obligaciones del CBAM.

Obligaciones durante el Periodo Transitorio del CBAM

Durante el periodo transitorio del Mecanismo de Ajuste de Frontera por el Carbono (CBAM), los operadores se encuentran sometidos a ciertas obligaciones establecidas en los artículos 33, 34 y 35 del Reglamento de la Unión Europea (R/UE) 2023/956. Estas obligaciones están diseñadas para asegurar el cumplimiento de las normativas relacionadas con la importación de mercancías bajo el CBAM.

Inscripción al Registro Transitorio CBAM

Una de las principales obligaciones durante este periodo es la inscripción al Registro Transitorio CBAM. Este registro, desarrollado por la Comisión, facilita a los operadores la realización y el envío del informe CBAM, que es parte integral de sus responsabilidades bajo el CBAM. La solicitud de acceso e inscripción al registro se realiza a través del Portal CBAM (TAXUD), especificando el "dominio Aduanas". Se requiere el uso de un certificado electrónico o de cualquier medio de identificación reconocido por la administración española. El Registro Transitorio CBAM permite la comunicación eficiente entre la Comisión, las autoridades competentes, las autoridades aduaneras de los Estados miembros y los operadores.

Presentación Trimestral del Informe CBAM

El Declarante notificando, sea el importador o su representante aduanero indirecto, tiene la obligación de presentar trimestralmente el informe CBAM a la Comisión. Este informe tiene que detallar las mercancías importadas durante un trimestre específico de un año natural. El plazo máximo para presentar el informe CBAM es un mes después de la finalización del trimestre correspondiente. Esta obligación alcanzará la totalidad del periodo transitorio, es decir, cada trimestre entre el 1/10/2023 y el 31/12/2025.

Datas Límite de Presentación del Informe CBAM

El primer informe CBAM, que incluirá las importaciones realizadas entre el 1/10/2023 y el 31/12/2023, tiene que presentarse como límite el 31/01/2024. Por otro lado, el último informe CBAM, que alcanzará las importaciones entre el 1/10/2025 y el 31/12/2025, se tiene que presentar como límite el 31/01/2026.

Contenido del Informe CBAM

El informe CBAM tiene que contener información detallada, según el especificado al anexo Y del R/UE 2023/1773. Esto incluye la cantidad total de cada tipo de mercancía expresada en megavatios/hora (MWh) para la electricidad y en toneladas para otras mercancías. También se detallan las emisiones implícitas reales e indirectas, el precio del carbono pagable al país de origen, teniendo en cuenta cualquier descuento u otra forma de compensación.

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