
Aunque su empresa no esté obligada a someterse a una auditoría externa, hacerlo lo puede ayudar a detectar debilidades de control interno que pueden suponer un riesgo a medio o largo plazo.
Grup Carles dispone de profesionales titulados, especializados e inscritos en el ROAC para realizar estos trabajos de auditoría. Complementamos siempre nuestro trabajo con recomendaciones con ánimo de mejorar la información y el control interno de la empresa.
Para su información estas son las formas jurídicas que están obligadas a someterse a una auditoría:
Toda sociedad y cooperativa tiene la obligación de que sus cuentas anuales e informe de gestión sean revisados por Auditores de Cuentas siempre que cumplan dos de las siguientes circunstancias durante 2 ejercicios consecutivos:
- Que el total de las partidas del activo supere los 2.850.000,00 euros.
- Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los 5.700.000,00 euros.
- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 50.
Por otra parte, las fundaciones también están obligadas a someterse a auditoría externa con los mismos criterios que las Sociedades y Cooperativas pero atendiendo a los siguientes límites:
- Que el total del activo de la fundación sea superior a 6 millones de euros.
- Que el importe del volumen anual de ingresos ordinarios sea superior a 3 millones de euros.
- Que el número medio de trabajadores durante el ejercicio sea superior a 50.
- Que al menos el 40% de los ingresos provengan de las administraciones públicas mediante subvenciones, convenios y cualquier tipo de contrato de prestación de servicios.
- Que haya recibido ingresos de cualquier tipo, proveniente de cualquier administración pública, por un valor superior a 60.000 euros en el conjunto del ejercicio.