¿Cómo tributan los premios de la lotería de Navidad?

Fiscalidad
ESCRITO POR Gerard Blanch i Llorens
22 Dic, 2023 — 3 min
¿Cómo tributan los premios de la lotería de Navidad?

Como cada año el día 22 de diciembre se celebra la lotería de Navidad, que está sometida al IRPF con un tipo de gravamen fijo del 20%. Esta misma tributación se aplica a premios de la ONCE, LA CRUZ ROJA y determinadas loterías autonómicas.

El origen de esta tributación especial fija del 20% aparece el 1 de enero de 2013, donde se somete a tributación de la SELAE (Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado).

La normativa establecida por estos premios, sea cual sea su naturaleza en el momento de su cobro, soportarán una retención que practica la propia SELAE en el organismo pagador del premio, es decir, ya cobramos el premio neto de la impositiva correspondiente.

Debemos tener en cuenta la existencia de una exención de los primeros 40.000,00 €, es decir, para premios inferiores a esta cifra, no deberemos tributar nada, y para premios superiores, sólo deberemos tributar por el exceso de los 40.000,00€.

Ejemplo:

Premio: Lotería de Navidad: 400.000,00 € brutos, tributaremos al 20% sobre 360.000,00 € (400.000,00 € - 40.000,00 €). Como resultado la entidad pagadora nos aplicará una retención de 72.000,00 € y, por tanto, recibiremos 328.000,00 € netos de impuestos

Hay que hacer mención especial a las participaciones o premios compartidos. En estos casos debe tenerse en cuenta que la exención de los primeros 40.000,00 € también se reparte entre las diferentes personas o entidades perceptoras del premio. Es muy recomendable ir a cobrar los premios a las entidades bancarias donde se identifiquen a los cobradores con nombre, apellidos y DNI de cada una de las personas con las que se ha compartido el premio. El efecto negativo de no realizar bien su comunicación, es que existe el riesgo de que la autoridad tributaria considere la entrada de dinero como una donación y nos pueda reclamar la tributación por el impuesto sobre donaciones. De ahí la importancia de su correcta comunicación.

Por último, me gustaría hacer un breve comentario sobre los ciudadanos no residentes que hayan sido premiados y hayan cobrado el premio soportando la retención. Si es su caso, contacte con su asesor de confianza para que pueda ayudarle a solicitar y gestionar la devolución de la retención del 20% del premio y la aplicación de las deducciones sobre doble imposición internacionales que puedan ser aplicables en función de los convenios vigentes entre España y su país.

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